Doña Carmen Montaner Zueras, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, hago saber:
Primero.- Que en el procedimiento concursal número 204/2010-C se ha dictado el Auto de conclusión por satisfacción de la totalidad de las deudas de la concursada María-Irene Badia Ibáñez, DNI 17688685Y.
Segundo.- En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes y se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.
Tercero.- El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme.
Cuarto.- Contra el Auto de conclusión no cabe recurso.
Zaragoza, 10 de junio de 2014.- La Secretaria judicial.
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