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Documento BOE-B-2014-22057

JAÉN

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 20 de junio de 2014, páginas 29500 a 29500 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-22057

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, anuncia:

1. Que en la Sección V del procedimiento concursal número 164/2013, referente a los deudores Miguel Pérez Luque y Dolores Jiménez Sánchez se ha dictado con fecha 27/05/2014, sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por los deudores y aceptado en la Junta de Acreedores celebrada el día 08/05/2014.

2. La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de las normas que regulan los convenios y la adhesión en la LC.

El convenio está de manifiesto en la Secretaría del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.

3. Se declaran cesados los efectos de la declaración del concurso.

4. Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación que se hubiera dado a la resolución, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

5. Se declara el cese de su cargo de los administradores concursales, sin perjuicio de las funciones que el convenio pudiese encomendar a todos o alguno de ellos hasta su íntegro cumplimiento y de lo previsto en el Capítulo II del Título VI de la Ley Concursal.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 133.3.de la referida Ley conservarán, no obstante, plena legitimación hasta que sea firme la sentencia de calificación.

6. Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Jaén. El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación. La admisión del recurso requerirá la previa consignación por la parte recurrente de la cantidad de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado n.º 2039 0000 52 042412.

Jaén, 29 de mayo de 2014.- El/La Secretario Judicial.

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