Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y Provincia,
Hago saber:
Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 442/2014 en el que se ha dictado con fecha 21 de mayo de 2014 auto declarando en estado de concurso la entidad Limserco, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal B-59785428, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de identificación general del procedimiento: 08019-47-1- 2014-8003611.
Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la Administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.
Concursada. Limserco, Sociedad Limitada, con domicilio en calle Segre, 86-90, Barcelona.
Administrador concursal: Don Julián Hurtado Gallardo, con domicilio en calle Roger de Llúria, 115, quinto segunda, Barcelona, con correo electrónico jhurtado@empresistes.com
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio: También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su conceptom cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompaña copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen sin necesidad de personarse.
Barcelona, 26 de mayo de 2014.- José María Valls Soriano.
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