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Documento BOE-B-2014-21630

Resolución por la que se modifica la resolución de 19 de septiembre de 2012 de la Delegación Territorial en Jaén de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo por la que se concede autorización administrativa, se aprueba el proyecto de ejecución y se declara la utilidad pública de la instalación del Gasoducto de transporte secundario Villanueva del Arzobispo-Castellar (Jaén). Expte: GAS/2925.

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 16 de junio de 2014, páginas 28954 a 28955 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2014-21630

TEXTO

Vista la petición formulada por REDEXIS GAS TRANSPORTE, S.L.U., con CIF núm.: B-50898352, presentada en esta Delegación Territorial el 29 de abril de 2014, en base a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero: Con fecha 6 de septiembre de 2007, ENDESA GAS TRANSPORTISTA, S.L. (ahora REDEXIS GAS TRANSPORTE, S.L.U.) solicitó autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y reconocimiento en concreto de utilidad pública de la instalación de gas natural relativa al gasoducto de transporte secundario Villanueva del Arzobispo-Castellar, obteniédose, una vez cumplidos con los trámites legales y reglamentarios de aplicación, resolución favorable al respecto mediante Resolución de 19 de septiembre de 2012, publicada en B.O.E. n.º 275 (15/11/2012), B.O.P. n.º 226 (23/11/2012) y notificada al solicitante (26/09/2012) y al resto de interesados.

Segundo: Que el gasoducto de transporte secundario Villanueva del Arzobispo-Castellar parte de la posición VIVIL-02 del gasoducto de transporte primario Villacarrillo-Villanueva del Arzobispo debiendo recibir suministro de gas natural del mismo. Esta infraestructura, que se encuentra incluida en la vigente Planificación Energética 2008-2016, está aún pendiente de adjudicación, al haber concurrencia de ofertas, por parte del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

Tercero: Que la Resolución de 19 de septiembre de 2012 resuelve en su apartado Primero.3.º que el plazo de puesta en marcha, para el gasoducto de transporte secundario Villanueva del Arzobispo-Castellar, será de 36 meses contados a partir de la fecha notificación de la citada Resolución.

Por razones de eficicencia del sistema gasista, y puesto que el gasoducto de trasporte primario que dará suministro al autorizado no está ni siquiera adjudicado, resulta oportuna la modificación del citado apartado refiriendo el plazo de 36 meses concedido, no desde la fecha de notificación de la citada Resolución, sino contado desde que el gasoducto de transporte primario Villacarrillo-Villanueva del Arzobispo obtenga la autorización administrativa, aprobación de proyecto de ejecución y declaración en contreto de utilidad pública.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero: La competencia para conocer y resolver la presente solicitud corresponde a esta Delegación Territorial, en virtud de lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector Hidrocarburos, el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, creada por el Decreto del Presidente 3/2012, de 5 de mayo de la Vicepresidencia y de estructuración de Consejerías y la Resolución de 28 de enero de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de instalaciones de gas en las Delegaciones.

Segundo: En virtud de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA núm.: 215, de 31 de octubre de 2007), y del artículo 107, y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm.: 285, de 27 de noviembre de 1992), las resoluciones que dicte la Delegada Territorial, no ponen fin a la vía administrativa.

Vistos los preceptos legales citados y demás concordantes en vigor y de general aplicación, esta Delegación Territorial

RESUELVE

Modificar el apartado Primero.3.º del resuelve de la Resolución de 19 de septiembre de 2012 que quedartá con el siguiente literal:

"3.º El plazo de puesta en marcha será de 36 meses, contados a partir de que el gasoducto de transporte primario Villacarrillo-Villanueva del Arzobispo obtenga autorización administrativa, aprobación de proyecto de ejecución y declaración en contreto de utilidad pública".

Notifíquese a los interesados en la forma prevista en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, con la advertencia expresa que contra la misma, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en el plazo de un mes, computado a partir del día siguiente al que tenga lugar esta notificación, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Jaén, 12 de mayo de 2014.- La Delegada Territorial, Ana Cobo Carmona.

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