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Documento BOE-B-2014-21590

Anuncio de la Notaría de don Ángel Olmos Martínez, de San Agustín de Guadalix, sobre subasta notarial.

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 16 de junio de 2014, páginas 28897 a 28898 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2014-21590

TEXTO

Don Ángel Olmos Martínez, Notario del Ilustre Colegio de Madrid, con residencia en San Agustín del Guadalix, con despacho en dicha villa, c/ Lucio Benito, 27, Bajo, 28770 (Madrid).

Hago saber: Que ante mí se tramita procedimiento judicial de ejecución hipotecaria de la siguiente finca:

Urbana. Quince. Piso cuarto izquierda, situado en la planta cuarta, parte anterior izquierda de la casa sita en el término de San Agustín del Guadalix (Madrid), al sitio de la Soledad o Eras de la Soledad, calle Norte, Bloque III, hoy señalada con el número veinticuatro (24) de la Avenida de Madrid. Se compone de vestíbulo, pasillo, salón-comedor, tres dormitorios, cocina, cuarto de baño y dos terrazas. Ocupa una superficie aproximada útil de sesenta y cinco metros cuadrados (65,00 m²).

Linda: Al frente con fachada Norte del Bloque que da a espacio libre alrededor de la casa que limita con terrenos de la finca matriz, donde tiene cuatro huecos, dos de ellos con terraza-balcón; izquierda, entrando, con fachada este del Bloque, que da a espacio libre alrededor de la casa que limita con terrenos de la finca matriz, por donde tiene una terraza con un hueco; fondo, con piso centro izquierda de su planta; y a la derecha con caja de escalera.

Cuota: Seis enteros por ciento (6,00%).

Inscripción: Inscrita la hipoteca en el entonces Registro de la Propiedad número dos de los de Alcobendas (hoy de San Agustín del Guadalix) al tomo 1.061, libro 98, folio 165, finca número 1.067 de San Agustín, inscripción 11.ª

Situación posesoria: Libre de ocupantes y arrendatarios, según le consta al ejecutante.

Referencia catastral: 8336601VL4083N0013TP.

Carácter de la vivienda: No es la vivienda habitual de ninguno de los deudores hipotecantes.

Y que, procediendo a subasta de dicha finca, ésta se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones, conforme a los artículos 129 de Ley Hipotecaria; 646.2, 647.1.3º, 670 y 671 de la Ley de Enjuiciamiento Civil; 234 a 236 del Reglamento Hipotecario; y Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección de los deudores hipotecarios, reestructuración de duda y alquiler social

Tendrá lugar en mi Notaría, en única subasta, el día tres de septiembre de dos mil catorce (03/09/2014) a las diez horas de la mañana siendo el tipo para subasta el de doscientos cincuenta y siete mil cien euros (257.100,00 €). Si la mejor postura fuera igual o superior al 70 por cien de dicho tipo, se entenderá adjudicada la propiedad a quien presente la mejor postura abriéndose un plazo de 40 días para consignar la diferencia entre lo depositado y el precio total del remate. Cuando la mejor postura ofrecida sea inferior al 70 por cien de dicho tipo, podrá el deudor presentar, en plazo de diez días, tercero que mejore la postura, ofreciendo cantidad superior al 70 por cien del valor de tasación o que, aun siendo inferior a dicho importe resulte suficiente para la completa satisfacción del derecho del ejecutante. Transcurrido dicho plazo sin que el deudor realice lo previsto en el párrafo anterior, el ejecutante podrá en el plazo de cinco días, pedir la adjudicación del inmueble por el 70 por cien de dicho valor o por la cantidad que se le daba por todos los conceptos, siempre que esta cantidad sea superior al 60 por cien de su valor de tasación y a la mejor postura.

Cuando el ejecutante no haga uso de esta facultad se aprobará el remate en favor del mejor postor, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 50 por ciento del valor de tasación, o siendo inferior cubra al menos, la cantidad por la que se haya despachado la ejecución incluyendo la previsión para intereses y costas. Si nadie reúne esas condiciones se procederá como si no hubiera postura alguna.

Cuando no haya postura alguna el acreedor podrá en plazo de veinte días, pedir la adjudicación por importe igual o superior al 50 por cien del valor de tasación o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos. Cuando el acreedor, en el plazo de veinte días no hiciera uso de esa facultad el Notario dará por terminado sin éxito el procedimiento.

La documentación y la certificación del Registro a que se refieren los artículos 236.a) y 236.h) del Reglamento Hipotecario, pueden consultarse en la propia Notaría, de lunes a viernes de diez a catorce horas; se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada, y que las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes. Los licitadores, a excepción del acreedor, deberán consignar previamente en la cuenta IBAN: ES36 2038 2272 8260 0028 7143, en la Sucursal número 2272 de Bankia, S.A. sita en San Agustín del Guadalix, Avenida de Madrid, 31, designada a tal efecto, una cantidad equivalente al 5 por cien del tipo. Podrá hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

San Agustín de Guadalix, 6 de junio de 2014.- El Notario.

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