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Documento BOE-B-2014-21511

TARRAGONA

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 16 de junio de 2014, páginas 28774 a 28775 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-21511

TEXTO

D. JOAN HOLGADO ESTEBAN, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Tarragona, por el presente, hago saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 473/2012-3 de concurso de la mercantil CALDERERÍA, MONTAJES INSTALACIONES, S.L. se ha dictado en fecha 5-6-14, auto de apertura de la liquidación de la mercantil concursada, habiendo caído la resolución cuya parte dispositiva es la que sigue:

"Se declara incumplido el convenio aprobado en este concurso entre la concursada y sus acreedores en fecha 22-1-13 y se abre la fase de liquidación de CALDERERÍA, MONTAJES INSTALACIONES, S.L., con todos los efectos inherentes a la apertura de la liquidación:

a) Se suspenden las facultades de administración y disposición de la concursada.

b) Se declara disuelta la sociedad concursada y se ordena el cese en el ejercicio de su cargo de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

c) Se requiere a la concursada fin de que en el plazo de cinco días presente la totalidad de la documentación prevista en el art. 6 LC, adaptada a este momento procesal, en concreto:

-Una lista de acreedores posteriores a la aprobación del convenio y de los acreedores contra la masa en el momento de aprobación del convenio y/o no sujetos al convenio que no hayan sido satisfechos hasta la fecha con expresión de su filiación completa, fecha de vencimiento e importe del crédito de cada uno, y, en su caso, garantías otorgadas.

-Inventario de bienes y derechos con todas las menciones exigidas por el artículo 6 LC.

-Últimas cuentas anuales depositadas y balance de situación.

-Número de trabajadores, mensualidades adeudadas y filiación de su legal representante, en su caso.

-Litigios en curso.

-Memoria de las causas determinantes del incumplimiento del convenio.

d) Publíquese esta resolución en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios de este Juzgado. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil y al Registro Público Concursal, para anotar la apertura de la fase de liquidación, la suspensión acordada, la disolución de la sociedad, el cese de sus administradores y el nombramiento de la Administración concursal.

e) Dése posesión nuevamente de su cargo a los administradores concursales, citándoles para la aceptación del cargo en el plazo de cinco días.

f) Requiérase a la Administración concursal a fin de que en el plazo de un mes a contar desde que el requerimiento a la concursada sea evacuado, presente un informe comprensivo de la lista de nuevos acreedores, el inventario actualizado y el resto de menciones previstas en el artículo 75 LC, aunque limitadas al período de tiempo transcurrido desde la aprobación del convenio.

g) Resueltas las impugnaciones que puedan formularse al mismo y elevado el informe provisional a definitivo, se resolverá sobre la presentación del plan de liquidación.

Notifíquese la presente resolución a la concursada, a la Administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días a partir del siguiente a su notificación, previa la constitución del depósito correspondiente.

Así lo acuerdo y firmo."

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.

Tarragona, 5 de junio de 2014.- El Secretario Judicial.

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