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De acuerdo con lo que dispone el artículo 3 del Real Decreto 1798/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial envasadas para consumo humano, se publica la Resolución de fecha 28 de marzo de 2014, dictada por el Director General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, mediante la cual se autoriza el aprovechamiento como agua mineral natural "Aquarel-Avets", el agua que procede de las captaciones Pou 5 y Pou 12, situadas dentro del perímetro de protección autorizado para el agua mineral natural "Aquarel-Avets".
La citada Resolución, en la parte dispositiva que hace referencia al aprovechamiento, establece lo siguiente:
"Autorizar a la sociedad Nestlé Waters España, S.A., el aprovechamiento como agua mineral natural Aquarel-Avets, el agua que procede de la captación denominada Pou 5 y el agua que procede de la captación denominada Pou 12, situadas dentro del perímetro de protección autorizado para el agua mineral natural Aquarel-Avets, en los términos municipales de Arbúcies y Viladrau, determinadas por las siguientes coordenadas UTM (sector 31T):
Pou 5 X: 452.352,581; Y: 4.632.703,457; Z: 872,134.
Pou 12 X: 452.099,770; Y: 4.632.297,050; Z: 969,618.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el secretario de Empresa y Competitividad, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de la notificación de esta resolución. También se puede interponer cualquier recurso que se crea conveniente."
Barcelona, 12 de mayo de 2014.- El Subdirector general de Minas y Protección Radiológica, e.f., Eduard Vall i Rosselló.
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