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Documento BOE-B-2014-21268

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 14 de junio de 2014, páginas 28462 a 28462 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-21268

TEXTO

Doña María Pilar Moreno Arenas, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 85/2014 y NIG n.º 13034 41 1 2014 0014206, se ha dictado en fecha 5 de junio de 2014 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor "ARGAMASILLA VIRGEN DE PEÑARROYA, S.L.", con CIF: B-13005558, y domicilio en carretera de Argamasilla de Alba a Manzanares, kilómetro 1, hectómetro 4, en la localidad de Argamasilla de Alba (Ciudad Real).

2.º Que se ha acordado la apertura de la fase de liquidación, formándose así mismo la Sección Quinta.

3.º La situación de la entidad concursada será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley Concursal.

4.º Se declara disuelta la mercantil concursada cesando en su función su Administrador/a, que será sustituido por la Administración concursal, sin perjuicio de continuar aquélla en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

5.º Se ha designado, como Administrador Concursal a Abencys Reestructuraciones, S.L.P., con CIF: B-86850856, con domicilio social en Calle Fortuny, 45, bajo izquierda, 28010 de Madrid, y dirección en Ciudad Real, calle Postas, 14, 2.ª A, E-mail: concurso.argamasillavirgendepenarroya@abencys.com, direcciones que han sido señaladas para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

6.º Se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos en el plazo de un mes de conformidad al art. 85 de la LC.

Ciudad Real, 5 de junio de 2014.- Secretaria judicial.

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