Edicto
Dña. Pilar Solanot García, secretaria del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Alicante,
Hago Saber: Que en el Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante se siguen los autos de Concurso Abreviado - 000848/2012 - MJ, de la Mercantil Construcciones Moclem, S.L., en cuyo seno, con fecha cuatro de diciembre de dos mil trece, se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
1. Se Acuerda poner fin a la fase común.
2. Se Decreta la apertura de la fase de Liquidación.
3. Se Decreta la Suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.
4.- Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal
5.- Preséntese por el Administrador Concursal en el plazo de 15 días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC.
6.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.
7.- Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de Edicto de forma urgente en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de anuncios de este Juzgado por plazo de Diez Días.
Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las factultades de la administración concursal..."
Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el D. Salvador Calero García, Magistrado-Juez de lo Mercantil 2 de Alicante. Doy fe."
Alicante, 4 de diciembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
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