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Documento BOE-B-2014-20893

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 11 de junio de 2014, páginas 27882 a 27882 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-20893

TEXTO

Secretario Judicial, D. José Vela Perez, del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona, hace saber:

Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 870/2013-A se ha declarado, mediante auto de fecha 20 de diciembre de 2013, el concurso voluntario de Juan Carlos Pérez García con N.I.F. 46.556.675-Y y domicilio en Avda. Cornellá, n.º 22, 3.ª, de Esplugues de Llobregat, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado, D. José Mariano Hernández Montes, por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domocilio del administrador concursal, sito en calle Balmes, 186, 2.º 1.ª, de Barcelona, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal concursojuancarlosperez@mmabogados.org en el plazo de un mes a contar desde la publicación en el BOE del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, característica y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar, en su caso, la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 15 de mayo de 2014.- El Secretario Judicial.

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