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Documento BOE-B-2014-20481

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 9 de junio de 2014, páginas 27266 a 27266 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-20481

TEXTO

Edicto de declaración de concurso

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona, dicto el presente escrito al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado:

Número de asunto: 323/2014.

Fecha del Auto de declaración: 22 de abril de 2014.

Clase de concurso: Voluntario abreviado.

Entidad concursada: CAR-COATINGS SERVICE, SOCIEDAD LIMITADA.

CIF de la concursada: B17383878.

Domicilio de la concursada: Salitja, Can Granic, sin número, codigo postal 17185 de Vilobí d'Onyar (Girona).

Administrador concursal: AB ECO CONSULTORES LEGALES Y TRIBUTARIOS, SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL.

- Dirección postal: Calle Ronda Ferran Puig, número 1, tercero primera de Girona, codigo postal 17001.

- Dirección electrónica: concursocar-coatingsservice@abeco-group.es.

Régimen de las facultades del concursado: A la concursada mercantil le son suspendidas las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, y cesados sus Administradores quedando sustituidos éstos por la Administración concursal.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la Administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación del presente edicto en el BOE.

Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado Mercantil número 1 de Girona (avenida Ramón Folch, número 4-6, 17001 Girona).

Asimismo, se hace saber que en el Auto de declaración de concurso se ha acordado la inmediata apertura de la fase de liquidación ordenándose la disolución de la sociedad mercantil concursada y el cese de sus Administradores, quedando sustituidos éstos por la Administración concursal.

Girona, 5 de mayo de 2014.- El Secretario judicial.

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