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Documento BOE-B-2014-20011

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Tajo relativo al Expediente de Expropiación Forzosa por el procedimiento de urgencia para la ejecución del Proyecto modificado n.º 1 del "Proyecto de construcción del saneamiento y depuración de los municipios de Cedillo y Alcántara (Cáceres)". Clave: 03.310-0381/2121.

Publicado en:
«BOE» núm. 135, de 4 de junio de 2014, páginas 26597 a 26599 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2014-20011

TEXTO

El Real Decreto-ley 9/1998, de 28 de agosto, aprueba y declara de interés general determinadas obras hidráulicas, figurando en su artículo 1, apartado C), dentro del ámbito de la Confederación Hidrográfica del Tajo: las obras de Saneamiento y depuración en aglomeraciones urbanas de más de 2.000 habitantes en las comarcas agrarias de Jaraiz de la Vera, Cáceres y Hervás y en los municipios fronterizos con Portugal (Cáceres). Igualmente la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, en su artículo 36.5, declara de interés general determinadas obras hidráulicas, figurando en su Anexo II las obras de Saneamiento y depuración de La Vera, comarca de Cáceres, Hervás y pueblos transfronterizos. Estas obras llevan implícitas la declaración de utilidad pública y urgente necesidad de la ocupación a los efectos de los artículos 10 y 52 de la Ley, de 16 de diciembre, de Expropiación Forzosa.

Con fecha 19 de marzo de 2014 la Secretaría de Estado de Medio Ambiente resuelve aprobar el Proyecto modificado n.º 1 del "Proyecto de construcción del saneamiento y depuración de los municipios de Cedillo y Alcántara (Cáceres)", habiéndose cumplido los requisitos establecidos en la Ley de Expropiación Forzosa.

Por todo ello, esta Presidencia, en virtud del artículo 17 del Reglamento de aplicación de la Ley de Expropiación Forzosa, de 26 de abril de 1957, ha resuelto abrir información pública durante un plazo de quince (15) días hábiles, contados desde la fecha de la última de las publicaciones aludidas en el citado artículo para que todos los interesados que pudieran resultar afectados como consecuencia de la expropiación puedan formular cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos efectos de la subsanación de los posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes y derechos afectados. Dicha relación de bienes y derechos afectados podrá examinarse, a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, en el mismo Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, en las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Tajo, sitas la Avenida de Portugal, 81, 28071 Madrid, así como en las dependencias de los Ayuntamientos de Cedillo y Alcántara (Cáceres).

La inclusión de bienes de dominio público en la relación adjunta de bienes y derechos afectados que se somete a la referida información pública, a tenor de lo establecido en el artículo 6 a) de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, se realiza a los solos efectos de posibles intereses que terceras personas puedan alegar sobre dichos bienes, sin perjuicio de que simultáneamente se tramite el procedimiento establecido para obtener la disponibilidad de dichos terrenos con las Administraciones correspondientes, en virtud del principio de cooperación que rige en sus relaciones, según dispone el artículo 3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Al mismo tiempo, y en aplicación del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, esta Presidencia ha resuelto proceder a la convocatoria de los propietarios de los bienes y derechos afectados, al objeto del levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación y, si procediera, las Actas de Ocupación definitiva, con desplazamiento, en su caso, a la finca afectada para la toma de datos si fuera preciso. Dicho levantamiento, tendrá lugar en los Ayuntamientos de Cedillo el 14 de julio de 2014 (de 17:00 a 18:00 horas) y en el de Alcántara el 15 de julio de 2014 (de 09:00 a 10:30 horas).

Además de la exposición de la relación de bienes y derechos afectados en las dependencias de los Ayuntamientos anteriormente citados, se dará cuenta del señalamiento a los interesados, mediante citación individual y a través de la inserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y en formato resumen, en dos diarios de la provincia de Cáceres.

Estas publicaciones, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre de 1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, servirán como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y a aquellos de los que se ignore su paradero.

Las operaciones podrán continuarse en días y horarios posteriores, si fuera preciso, bastando a tal efecto el anuncio verbal en la jornada que se trate y con ocasión del levantamiento de la última acta que se extienda, haciéndose saber públicamente a los asistentes.

A dicho acto deberán comparecer los titulares de bienes y derechos que se expropian, personalmente o representados por persona debidamente autorizada por cualquier medio válido en derecho, aportando los documentos acreditativos de su titularidad mediante original o fotocopia debidamente compulsada, de conformidad con el artículo 3 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 (Certificado del Registro de la Propiedad o Escritura Pública, en su defecto, Certificado Catastral y, en último caso, Certificación del Alcalde que acredite la titularidad que lo sea pública y notoriamente), así como el último recibo justificativo del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse acompañar, a su costa y si lo estiman oportuno, de Peritos y Notarios. Se advierte que, en caso de incomparecencia, se entenderán las ulteriores diligencias con el Ministerio Fiscal, según previene el artículo 5 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Según lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, durante el transcurso del acto se propondrá la adquisición de los bienes y derechos afectados de mutuo acuerdo.

La presente publicación se hace, además, a los efectos previstos en el artículo 59, apartados 4 y 5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 32.5 del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria.

ANEXO: Relación de bienes y derechos afectados en el Expediente de Expropiación Forzosa derivado del "Modificado n.º 1 Saneamento y depuración de los municipios de Cedillo y Alcántara (Cáceres)"

FINCA

POL

PAR

TITULAR

N.º POSTES

EXPROP. (m2)

SERV. (m2)

O.TEMP (m2)

CULTIVO

FECHA

HORA

T.M. ALCANTARA

01-001

8

83

ALONSO VICARIO, LUISA

-

350

-

-

PASTOS

15/07/2014

9:00

01-002

10

160

AYUNTAMIENTO DE ALCANTARA

300

OLIVO SECANO

15/07/2014

9:00

01-003

20

93

IBERDROLA S.A.

1

9

966

966

PASTOS

15/07/2014

9:00

T.M. CEDILLO

02-001

1

355

LORO BERROCAL, NATIVIDAD

-

-

517

517

LABOR SECANO

14/07/2014

17:00

02-002

1

356

AYUNTAMIENTO DE CEDILLO

3

2.617

4.479

4.479

MATORRAL

14/07/2014

17:00

LEYENDA

POL: Polígono

PAR: Parcela

EXPROP.: Expropiación definitiva

SERV.: Servidumbre

O.TEMP.: Ocupación temporal

Madrid, 22 de mayo de 2014.- El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Tajo, Miguel Antolín Martínez.

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