Al no haberse podido practicar la notificación personal a las personas que se relacionan a continuación, conforme dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, a efectos de notificación al interesado, y en aplicación de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 60.2 de la Ley 30/1992, debe publicarse como encabezamiento y parte dispositiva de las resoluciones el siguiente extracto:
"La Secretaría General de Universidades, por delegación de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, ha resuelto la desestimación de los recursos de reposición interpuestos por los alumnos que se citan a continuación: Dña. Fátima Janette Rodríguez Parra con NIE: Y0739021E, D. Hamza Bensar con NIE: X5048020A, Dña. Patricia Fernández Cazón con NIF: 02670026W, D(a) Aziz Trih con NIE: X7537305K, D. Gabriel Bermúdez Santiago con NIF: 45774856A.
Los expedientes se encuentran a disposición de los interesados en la Subdirección General de Becas y de Atención al Estudiante, Orientación e Inserción Profesional (Servicio de Recursos, teléfono 913778326, calle Torrelaguna, 58, 28027 Madrid)."
Esta resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial en al redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 21 de mayo de 2014.- El Director General de Política Universitaria, Jorge Sainz González.
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