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Documento BOE-B-2014-19039

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 29 de mayo de 2014, páginas 25295 a 25295 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-19039

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao,

Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 93/2014 referente al concursado EB TRENEKA, S.L., con CIF número B95439246, por auto de fecha 07/05/2014, rectificado por auto de 14/05/2014, se ha acordado lo siguiente:

1.- Se aprueba el plan de liquidación en los términos presentados por la Administración Concursal de las entidades en concurso.

En lo no previsto en el plan de liquidación se aplicarán las normas legales supletorias (artículo 149 LC).

2.- Recordar a la administración concursal la presentación de los informes del artículo 152 de la LC.

3.- En caso de suspenderse las operaciones de liquidación con motivo de las impugnaciones del inventario o de la lista de acreedores, se podrá requerir a los impugnantes para que presenten una caución que garantice los posibles daños y perjuicios por la demora.

4.- Anunciar por edictos la aprobación del plan de liquidación, que se fijará en el BOE, en el Registro Público Concursal, y tablón de anuncios de la Oficina Judicial (artículos 23 y 144 de la LC) preferentemente por vía telemática.

La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado.

Inscríbase en la hoja abierta a la entidad en el Registro Mercantil este auto aprobando el Plan de Liquidación (artículo 24.2 LC).

5.- Fórmese la sección sexta que se encabezará con testimonio de esta resolución, del auto de declaración del concurso y del informe del Administrador concursal (artículo167.1 LC).

Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución acordando la formación de la sección sexta, cualquier acreedor o persona que acredite interés legitimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

6.- Notificar la presente resolución al deudor y los acreedores personados.

Bilbao (Bizkaia), 14 de mayo de 2014.- El Secretario judicial.

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