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Documento BOE-B-2014-18336

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 24 de mayo de 2014, páginas 24371 a 24371 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-18336

TEXTO

Edicto

Dña. Águeda Reyes Almeida Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000045/2010, seguido a instancias del Procurador Don Alejandro Valido Farray, en nombre y representación de "Tamaragua", con CIF B35056969, se ha dictado Auto el día 11 de abril, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Parte dispositiva

Se subsana la omisión advertida en el Auto de fecha 5 de marzo de 2014 consistente en acordar:

"la apertura de la sección de calificación del concurso, que se regulará conforme a lo establecido en los artículos 163 y siguientes de la Ley Concursal. Dicha sección se encabezará con testimonio de la resolución judicial y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiere presentado el deudor con su solicitud o a requerimiento del Juez, y del auto de declaración de concurso."

Se hace saber que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en el plazo de diez desde la última de las publicaciones de la presente resolución a los efectos establecidos en el artículo 168 de la Ley Concursal.

Hágase saber a la Administración del Concurso que en el plazo de quince días posteriores a la expiración de los plazos de los interesados habrá de presentar un informe en los términos establecidos en el artículo 169 de la Ley Concursal, manteniéndose en lo demás lo acordado en dicha resolución.

Así lo dispone, manda y firma D. ALBERTO LÓPEZ VILLARRUBIA, Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria; doy fe.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto en

Las Palmas de Gran Canaria, 8 de mayo de 2014.- La Secretaria Judicial.

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