Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra, con sede en VIgo,
Hago saber:
Que en la Sección I Declaración Concurso 64/2014, seguida en este Juzgado a instancia de la entidad Dielectro Industrial S. A., se ha dictado con fecha 6 de mayo de 2014 Auto acordando lo siguiente:
1.º Declarar el concurso necesario ordinario de la entidad deudora Todo Gas del Noroeste S.L., con cif B-36929032, cuyo domicilio social se encuentra en la calle Pega, n.º 4, Bajo, código postal 36205, de Vigo (Pontevedra).
2.º La suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituída por la Administración concursal.
3.º La Administración concursal designada está integrada por el Economista D. Manuel Páramo Pérez, con dni 36043258-G, y domicilio a efectos de notificaciones en la calle López de Neira, n.º 8, 1.º, código postal 36202, de Vigo (Pontevedra), teléfono 986228144, fax 986228155 y correo electrónico info@arceyparamo.com.
4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración Concursal, en su dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare en privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado (art.184.3 de la Ley Concursal).
Vigo, 6 de mayo de 2014.- La Secretaria Judicial.
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