Edicto.
Domingo Villafáñez García, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección I Decalaración de concurso 187/2014 y NIG n.º 15030 47 1 2014 0000375 se ha dictado en fecha 11 de abril de 2014 Auto de Declaración de concurso voluntario de los deudores:
Don Juan Carlos Castro Pérez, DNI 32.786.547 R, y doña Ana María Fernández Losada, DNI 32.785.993-E, casados entre si en régimen de gananciales, con domiclio común en A Coruña, c/ Fragas do Eume, 10, 1.º Q (cp 15190).
Doña María Dolores Caramés Cobas, DNI 50.674.057C, separada judicialmente, vecina de A Coruña, c/ Alcalde Peñamaría de Llano, n.º 9, 5.º derecha, CP. 15010.
Caramés y Fernández S C, CIF J-70258.561, con domicilio en A Crouña, c/ Alcalde Salorio Suárez, n.º 11, bajo, CP 15010.
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha desginado como administración concursal a Estefanía Cancela Viña, con domicilio postal en C/ Juan Flórez, 34 - 2.º izq., 15004 A Coruña y dirección electrónica señalada caramesfernandez@plade.es para que los acreedores, a su elección efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección potal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado".
A Coruña, 30 de abril de 2014.- El Secretario Judicial.
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