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Documento BOE-B-2014-17294

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 120, de 17 de mayo de 2014, páginas 22897 a 22897 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-17294

TEXTO

Don José Luis Garrido de Frutos, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1, de Palma de Mallorca, por el presente hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Órgano Judicial con el n.º 135/14 y NIG n.º 07040 47 1 2014 0000231, se ha dictado en fecha 2 de mayo de 2014, auto de declaración de concurso voluntario ordinario del deudor:

Balneario La Solana de Illetes, S.L., CIF: B-57019978 y domicilio Paseo de Illetas, número 60, Calvia.

2.º Se ha a acordado la intervención por la Administración Concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada.

3.º Que ha sido nombrado como Administradora concursal doña María del Val Mayoral Arribas, quien en fecha 12 de mayo de 2014, ha aceptado el cargo.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la Administración Concursal a la dirección postal: Calle Velázquez, 2, Los Hueros - Villalbilla o a través de la página web: 135pa@valmaasesores.es, en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 12 de mayo de 2014.- El Secretario Judicial.

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