Está Vd. en

Documento BOE-B-2014-17279

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 120, de 17 de mayo de 2014, páginas 22882 a 22882 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-17279

TEXTO

Don Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado: Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, Edificio C, 12.ª planta.

Número de asunto: Concurso voluntario 254/2014 5.ª

Tipo de concurso: Voluntario.

Entidad instante del concurso y NIF: AUBRAC SEGURIDAD Y PROTECCIÓN, S.L., B64092893.

Fecha del auto de declaración: 31 de marzo del 2014.

Administradores concursales: "PLUTA ABOGADOS Y ADMINISTRADORES CONCURSALES, S.L.P, con CIF: B66118589, la cual ha designado como persona que la represente a DON JOAQUIM SARRATE POU, con DNI: 33.937.212-E, abogado, domiciliados en Av. Diagonal, 611- 9º, de Barcelona, con correo electrónico comunicacion.barcelona@pluta.es

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Régimen de intervención de las facultades de la concursada.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 10 de abril de 2014.- El Secretario Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid