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Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número Apertura Sección 65.05/2013 se ha dictado el 24 de abril de 2014 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por Paradeña de Pavimentos SL y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 28 de marzo de 2014.
2.- La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de la normas que regulan los convenios y la adhesión en la LC.
El convenio está de manifiesto en la Secretaria del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.
3.- Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla que debe prepararse mediante escrito presentado en este Juzgado de lo Mercantil en el plazo de diez días computándose desde la última publicación de este edicto.
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto n.º 4665 0000 00 0065 13, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código '02', de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Sevilla, 25 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.
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