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Documento BOE-B-2014-16821

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 116, de 13 de mayo de 2014, páginas 22255 a 22255 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-16821

TEXTO

Edicto

Don Luis Miguel Gonzalo Capellin, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos con NIG 08019-47-1-2013-8007103 y número 843/2013 H, se ha declarado el concurso voluntario de fecha 15 de enero de 2014 de COMPETIN, S.A., con CIF número A-58927534, y domicilio en avda. J.V Foix, 33, bajos, en el que se ha decretado la suspensión de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.

La Administradora concursal es doña Olga Forner Beltran, con domicilio en plaza Europa, 41-43. L'Hospitalet de Llobregat. Dirección electrónica: oforner@ kpmg.es

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la Administración Concursal en el domicilio sito en, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el "BOE" y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y representen, salvo que pretendan, exclusivamente, comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 23 de abril de 2014.- El Secretario judicial.

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