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Documento BOE-B-2014-16412

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 10 de mayo de 2014, páginas 21693 a 21693 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-16412

TEXTO

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra con sede en Vigo, hago saber:

Que en la Sección I Declaración Concurso 163/2014, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 28 de abril de 2014, auto acordando lo siguiente:

1. Declarar el concurso voluntario abreviado de la entidad deudora Revestimientos Especiales Construcción, S.L. con CIF número B36622751 con domicilio en Vigo, calle Caracas, 10, entresuelo.

2. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la entidad deudora.

3. Se ha declarado disuelta la entidad Revestimientos Especiales Construcción, S.L. con CIF número B36622751, acordando la suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración concursal.

4. El Administrador concursal designado es el letrado don Gonzalo José Morán Méndez, con DNI número 76902855D, con domicilio profesional a efecto de notificaciones en Madrid, calle Monte Esquinza, número 35, 1.º, código postal 28010 y con correo electrónico: gonzalomoran@hotmail.com.

5. Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su domicilio o dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.

6. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Vigo, 28 de abril de 2014.- La Secretaria judicial.

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