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Documento BOE-B-2014-16358

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 10 de mayo de 2014, páginas 21635 a 21635 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-16358

TEXTO

Edicto

Don José María Valls Soriano, Secretario judicial del Juzgado Mercantil 1 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos con número de identificación general 08019-47-1-2013-8007384 y número 876/2013 H, se ha declarado el concurso voluntario de fecha 15 de enero de 2014 de Catarina Mex, Sociedad Limitada, con CIF número B-62033022 y domicilio en avenida Matadepera, 93, 1, 2, Sabadell 08207, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.

El Administrador concursal es don Rodrigo Cabedo Gregori, con domicilio en avenida Sarria, 37, principal, Barcelona y correo electrónico info@cabedo.com.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en en avenida Sarria, 37, principal, Barcelona, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial del Estado y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos. al crédito, su concepto, cuantía, fechas de aquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursa! practique cuantas comunicades resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones,designando abogado y procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 17 de febrero de 2014.- Secretario judicial.

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