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Documento BOE-B-2014-16142

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 8 de mayo de 2014, páginas 21318 a 21318 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-16142

TEXTO

Edicto

Doña Ángela Quesada Martos, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, hago saber:

En el procedimiento de referencia se ha dictado la sentencia de fecha 11/04/14 aprobando la propuesta de convenio del concursado don Juan Mendoza Jiménez, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo:

Apruebo con los efectos previstos en la Ley, La propuesta de convenio presentada en el concurso de Juan Mendoza Jiménez por la propia concursada que fue aceptada por la Junta de Acreedores celebrada el día 23 de enero de 2014.

Acuerdo el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la concursada y sobre los acreedores de la concursada, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte.

Acuerdo el cese de la Administración Concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada, debiendo continuar en el desempeño de sus funciones en relación a la sección de calificación.

Deberá presentar rendición de cuentas en el plazo de dos meses desde la firmeza de esta resolución.

Fórmese sección de calificación de concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y a la que acompañará testimonio de los documentos expresados en el art. 167.1 LC.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos y el original al libro de sentencias de este juzgado.

Notifíquese esta sentencia a las partes y la Administración Concursal, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe Recurso de apelación ante este mismo Juzgado, en el plazo de veinte días y de la que conocerá, en su caso, la Audiencia Provincial de Murcia.

Esta resolución tendrá la publicidad prevista en los arts. 23 y 24 LC.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Murcia, 14 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.

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