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Documento BOE-B-2014-15355

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 105, de 30 de abril de 2014, páginas 20290 a 20290 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-15355

TEXTO

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante,

por el presente hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado - 000912/2013 - k, sobre declaración de concurso de la mercantil FIT VIA VI, S.L., e INFRAGANTI 2010, S.L., con domicilio en calle Muelle de Poniente, s/n, Centro de Negocios, Alicante y CIF número B-53991477 y B-54447438, se ha dictado Auto de fecha 28-03-14, que contiene, entre otros, los siguiente pronunciamiento:

1.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación

2.- Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos provistos en el título III de la Ley Concursal.

3.- Se declara la disolución de la mercantil concursada, así como, en todo caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en lo que sea parte.

4.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

5.- Preséntese por la Administración Concursal en el plazo de diez días el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC, debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración liquidadora y las formas concretas propuestas en cada caso para su realización.

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Público Concursal, en el tablón de anuncios de este Juzgado, en extracto en el BOE de forma gratuita e inscríbase en el Registro Mercantil.

Si no fuere posible la publicidad y remisión de oficios/mandamientos vía telemática, informática y electrónica, entréguese al /a procurador/a del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. En caso de incumplimiento o demora le pararan los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesal.

Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante este Juzgado (articulo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este juzgado en el plazo de veinte días.

Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente.

Alicante, 28 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.

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