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Documento BOE-B-2014-15209

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 104, de 29 de abril de 2014, páginas 20075 a 20075 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-15209

TEXTO

E D I C T O

 El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 466/2014 (NIG 2906742M20140000877), por auto de fecha 3 de abril de 2014 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Aumar Residencial, S.L., con CIF B-92427616, domicilio Málaga C/ Juan Padilla, 5 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.

2.º Que se ha acordado abrir la fase de liquidación a petición del deudor, declarándose disuelta la sociedad Aumar Residencial, S.L. y cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.

3.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

4.º Que la Administración Concursal la integra: Don Juan Fernández Ramos, abogado con DNI n.º 33.355.079-L; que lo hace en nombre y representación de la sociedad 1900 Concurlegis, S.L.P., con CIF n.º B-93293942 con domicilio en Málaga y dirección postal C/ Granados, n.º 3-4º A, CP 29008, tlf. 952-22-75-89 y con dirección de correo electrónico concurso@concurlegis.es que designa a los efectos de comunicación de créditos.

5.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración Concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera.

7.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

 

Málaga, 14 de abril de 2014.- El Secretario Judicial.

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