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Documento BOE-B-2014-15196

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 104, de 29 de abril de 2014, páginas 20062 a 20062 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-15196

TEXTO

EDICTO

Doña Esther Sáez-Benito Jiménez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, por la presente anuncio que en el presente procedimiento Concurso 577/2013, del deudor Climabase, S.L., se ha dictado Auto de apertura de liquidación de fecha 14/4/2014, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Parte dispositiva

Acuerdo:

1.º Abrir la fase de liquidación, del concurso de Climabase, S.L., formándose la Sección Quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

2.º Quedar, durante la fase de liquidación, en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

3.º Declarar la disolución si no estuviese acordada y, en todo caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la Administración Concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

4.º Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del juzgado que se publicarán en el BOE y en el Registro Público Concursal.

5.º Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

6.º Habiéndose presentado por la Administración Concursal un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC; procédase conforme dispone tal precepto.

7.º El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su notificación, previa constitución del depósito correspondiente y, en su caso, de la liquidación de la tasa judicial.

Así lo acuerdo y firmo.- La Magistrada-Juez.- El Secretario Judicial.

Madrid, 14 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.

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