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Documento BOE-B-2014-15149

COLLADO VILLALBA

Publicado en:
«BOE» núm. 104, de 29 de abril de 2014, páginas 20012 a 20013 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2014-15149

TEXTO

Edicto

Cédula de notificación

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

"Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1.

Collado Villalba.

Sentencia: 00142/2013.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1.

Collado Villalba (Madrid).

Juicio ordinario 467/12.

Sentencia

En Collado Villalba (Madrid), a veintiuno de octubre de dos mil trece.

Demandante: Comunidad de Propietarios Belagua II.

Procuradora: Doña Amalia Aznar Santos.

Letrada: Doña Paloma Aparicio Cristino.

Demandado: Don Mario Antonio Ramos Rodriguez.

Procurador: Don Javier Simón Solano.

Abogado: Don José María Goya Martín.

Objeto: Acción de cesación de actividades prohibidas.

Juez: Doña Raquel Zuil Tejero.

Fallo:

Que debo de desestimar y desetimo la demanda de juicio ordinario en ejercicio de una acción de cesación de actividades molestas, interpuesta por la Procuradora de los Tribunales, doña Amalia Aznar Santos, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Belagua II, frente a don Mario Antonio Ramos Rodriguez, don Luis Guillermo Saravia Puppi y doña María Eulalia Agreda Bazán de Saravia, y por ende debo absolver y absuelvo a los mismos de todas las pretensiones formuladas contra estos. Las costas procesales de esta instancia serán a cargo de la parte actora.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación ante este mismo Juzgado en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación.

Así lo acuerda, manda y firma, doña Raquel Zuil Tejero, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Collado Villalba (Madrid).

Publicación: Dada, leída y publicada fue la anterior resolución, estando celebrando audiencia pública, la Sra. Juez que la suscribe, en el día de su fecha, de lo que yo, la Secretaria judicial, doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Luis Guillermo Saravia Puppi y María Eulalia Agreda de Bazán de Saravia, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación."

Collado Villalba, 1 de abril de 2014.- La Secretaria.

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