Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 420/14, por auto de fecha 31 de marzo de 2014, se ha declarado en concurso voluntario al deudor La Moraga AM, S.L., con NIF B-93112811, domicilio en Málaga, en calle Orense, n.º 27 (Área Comercial Málaga Nostrum), CP 29004 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que la administración concursal la integra don Eugenio Luque Martínez, provisto de DNI 74843539-K; que lo hace en nombre y representación de la sociedad Genova de Mier, Lem, S.L.P., entidad con domicilio calle Salvago, n.º 2, 4.º Izquierda, y dirección postal 29905, vecino de Málaga, Tfno.: 952 22 30 88, y con dirección de correo electrónico lamoragaantoniomartin@lemabogados.com que designa a los efectos de comunicación de créditos.
4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera.
6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.
Málaga, 7 de abril de 2014.- El Secretario Judicial.
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