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Documento BOE-B-2014-13605

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 15 de abril de 2014, páginas 18004 a 18004 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-13605

TEXTO

Edicto

Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber:

Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 156/2014-CP, en el que se ha dictado auto de fecha 26/02/14 declarando en estado de concurso a Gema Paré Boada, con CIF 40979505-Z, y, mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019–47–1–2014-8001151

Tipo de concurso.- Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: Gema Paré Boada, con domicilio en c/ Francesc Carbnell, número 50, 4.º, 2.ª, de Barcelona.

Administrador concursal.- Crepare Administradores Concursales, S.L.P. (nombrado en auto de fecha 5/03/14), con domicilio a efectos de oír notificaciones el situado en Barcelona, Vía Augusta, n.º 20-22, 4.ª planta, telf. 93 451 56 66, fax 93 451 63 30 y correo electrónico Raquel.alvarez@rocassoc.com

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 24 de marzo de 2014.- El Secretario Judicial.

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