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Documento BOE-B-2014-13223

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 12 de abril de 2014, páginas 17408 a 17408 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-13223

TEXTO

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra,

Hago saber: Que en la Sección I Declaración Concurso 79/2014, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 20 de marzo de 2014 Auto acordando lo siguiente:

1.º Declarar el concurso voluntario abreviado de la entidad deudora USUVAR GALICIA, S.L.U., con CIF B-27764463, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la Urbanización Altavista, chalet 1-C, código postal 36317, de Candean - Vigo (Pontevedra).

2.º Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la deudora

3.º La suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración concursal.

4.º La Administración concursal designada está integrada por la Economista D.ª Ángela María Cal Arca, con DNI 44080944-H, con domicilio a efectos de notificaciones en la calle Rosalía de Castro, 46 B, 1.º D, código postal 36001, de Pontevedra; con teléfono 645952418, con fax n.º 986160980, y con correo electrónico angela.cal@dtearea5.com.

5.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (LC).

Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su domicilio o dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por le acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando si se invocare un privilegio especial los bienes y derechos a los que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copia del titulo o de los documentos relativos al crédito.

6.º Que los acreedores interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la LC).

Vigo, 20 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.

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