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Documento BOE-B-2014-11837

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 80, de 2 de abril de 2014, páginas 15482 a 15482 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-11837

TEXTO

Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y, hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso ordinario necesario n.° 000640/2013, habiéndose dictado en fecha diecisiete de diciembre de dos mil trece por el Ilmo./a. Sr./a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de D.ª LORENA PEIRO SAVALL con NIF 20020997A, con domicilio en Benirredrá (Valencia), Carrer Nou, n.° 6, planta baja; inscrita en el Registro Civil de Gandía al Tomo 126, página 407 sección 1.ª, y doña María José Peiro Savall con NIF 20028354T, con domicilio en Benirredrá (Valencia), Carrer Nou, n.°50, inscrita en el Registro Civil de Gandía al Tomo 158, página 163, Sección 1.ª. Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la/s concursada/s, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado administrador concursaba don José Miguel Igualada Belchi con domicilio en la Calle Marqués de Lozoya, 3-A, bajo de 46013 Valencia y correo electrónico concursal@jmigualada.com Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.

Valencia, 17 de diciembre de 2013.- El Secretario judicial.

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