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Documento BOE-B-2014-11616

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 1 de abril de 2014, páginas 15190 a 15190 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-11616

TEXTO

Don José María Valls Soriano, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 234/2014 CM en el que se ha dictado con fecha 14 de marzo de 2014 auto declarando en estado de concurso a la entidad IGUALADINA DE MARCAS, S. L. con CIF B-65593378 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019-47--1-2014-0801961.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la Intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: IGUALADINA DE MARCAS, S.L. con domicilio en la calle Gran Bretaña, n.º 7 de Igualada (Barcelona).

Administrador concursal: D.ª Ana Rossell Garau, con domicilio en Santaló, 147-149, 4.º 4.ª teléfono 669 463 906, con correo electrónico anarossell@icab.cat.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Dado en Barcelona, 14 de marzo de 2014.- El Secretario judicial.

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