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Documento BOE-B-2014-11608

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 1 de abril de 2014, páginas 15181 a 15181 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-11608

TEXTO

Edicto

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, por el presente

Hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado - 000448/2013 - K sobre declaración de concurso de la mercantil Akra Horizón, S.L.U., don José Antonio Roca García y doña María del Carmen Vaca García, con domicilio en calle Mesonero Lucio, 12 Alicante y calle Mesonero Lucio, 12, 8.º- D Alicante y C.I.F. número B-53183398, DNI n.º 21423362N y 74190961E, se ha dictado auto de fecha 24-02-14, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

1. Se declara la terminación de la fase común del concurso.

2. Se acuerda la apertura de la fase de convenio, procediéndose a formar la sección quinta del concurso.

3. Se convoca la Junta de Acreedores.

4. Consultada la agenda de señalamientos, se pone en mi conocimiento por la Secretaria Judicial, que la Junta de Acreedores se celebrará el próximo 30 de abril de 2014, a las 11:00 horas en la Sala de Audiencias de este Juzgado (Sala n.º 9 sita en la 1.ª Planta), publicándose edictos en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOE, este último de forma urgente y gratuita, debiendo aportar poder suficiente para la asistencia y voto en la citada Junta.

5. No habiendo sido presentada ninguna propuesta de convenio conforme lo previsto en el art. 113.1 de la LC, ni habiéndose solicitado la liquidación por el concursado, éste y los acreedores cuyo crédito superen conjunta o individualmente, una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio, desde la convocatoria de la Junta hasta 40 días antes de la fecha señalada para su celebración, haciéndose constar que en caso de no presentarse dentro del plazo legal, propuesta de convenio, se dejará sin efecto la convocatoria a junta y se procederá a aperturar de oficio la fase de liquidación (arts. 114 y 143 LC).

6. Presentada que ha sido por el concursado, que no tiene interesada la liquidación, propuesta de convenio ordinario, y cumpliendo las condiciones de tiempo, forma y contenido establecidas en la Ley, admítase a trámite conforme a los artículos 114 y 115 LC, dando traslado de la misma a la administración concursal para que, en el plazo improrrogable de diez días, emita escrito de evaluación sobre su contenido en relación con el plan de pagos y plan de viabilidad que la acompaña.

Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación conforme al art. 98 LC, como consecuencia de nuevo párrafo introducido pro el RD Leg. 3/2009: "Esta resolución será apelable y tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.3 LC".

Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente en

Alicante, 24 de febrero de 2014.- La Secretaria Judicial.

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