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Documento BOE-B-2014-11605

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 1 de abril de 2014, páginas 15177 a 15178 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-11605

TEXTO

Doña Cristina Cifo González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. 1 de Alicante, por el presente Hago saber: que en el proceso concursal número 181/13-C, seguido contra las mercantiles:

Alhambra Internacional, S.A., con CIF A-03315272 y con domicilio social en Alicante Polígono Industrial de las Atalayas, calle del Marco, n.º 61, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al folio 178, sección 8, hoja A-2180, 1.ª; Elite Decor, S.L.U., con CIF B-03793049 y con domicilio social en Alicante Polígono Industrial Las Atalayas, calle del Marco, n.º 61, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al Tomo 1415, Folio 23, Hoja A-11952, y Lizzo Design, S.L.U, con CIF B-53924064 y con domicilio social en Alicante Polígono Industrial Las Atalayas, parcela 63, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 2832, folio 176, hoja A-86598, se dictó, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de:

1º) Dar publicidad al auto de fecha 13/03/14 por el que se declara la terminación de la fase común del concurso y se acuerda la apertura de la fase de convenio y,

2º) Dar publicidad al decreto de la misma fecha de convocatoria de junta de acreedores,

En cuyo seno se han dictado las siguientes resoluciones todavía no firmes cuya anotación preventiva se solicita con arreglo al art. 24 LC, que son del tenor literal siguiente:

Parte Dispositiva del Auto

1º) Se declara la terminación de la fase común del concurso y se acuerda la Apertura de la Fase de Convenio de:

Alhambra Internacional, S.A., con CIF A-03315272 y con domicilio social en Alicante Polígono Industrial de las Atalayas, calle del Marco, n.º 61, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al folio 178, sección 8, hoja A-2180, 1.ª; Elite Decor, S.L.U., con CIF B-03793049 y con domicilio social en Alicante Polígono Industrial Las Atalayas calle del Marco n.º 61, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al Tomo 1415, Folio 23, Hoja A-11952, y Lizzo Design, S.L.U., con CIF B-53924064 y con domicilio social en Alicante Polígono Industrial Las Atalayas, parcela 63, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 2832, folio 176, hoja A-86598.

2º) Procédase a formar la Sección Quinta del concurso de Alhambra Internacional, S.A., Elite Decor, S.L.U., y Lizzo Design, S.L.U.

3º) Procédase a convocar junta de acreedores de Alhambra Internacional, S.A., Elite Decor, S.L.U y Lizzo Design, S.L.U.

Notifíquese a los concursados, administración concursal y a las partes personadas e inscríbase en el Registro Mercantil, librándose al efecto el correspondiente mandamiento.

Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios vía telemática, informática y electrónica, entréguense al/a procurador/a del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. En caso de incumplimiento o demora le pararan los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesal.

Contra esta resolución cabe recurso cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial a interponer ante Juzgado en el plazo de 20 días y tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.4.

Déjese diligencia de constancia de esta resolución en los incidentes concursales en los que se haya formulado protesta por partes que no estén personadas en el proceso concursal general a tales efectos.

Para la apelación será necesario previo depósito de la suma de 50 Euros que deberá ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en el Grupo Banesto consignando como código 02 y como concepto "pago recurso de apelación", sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Asi por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Itmo. Sr. don Rafael Fuentes Devesa, Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe.

Firma del Magistrado - Juez Firma del Secretario.

Parte Dispositiva del Decreto.

Acuerdo:

1) Se Convoca Juntas de Acreedores que se celebrarán el próximo 14 de julio de 2014, en la Sala de audiencias de este Juzgado a las siguientes horas:

a) A las 9:30 horas Junta de Acreedores de Alhambra Internacional, S.A.

b) A las 10.00 horas Junta de Acreedores de Elite Decor, S.L.U.

c) A las 10:30 horas Junta de Acreedores de Lizzo Design, S.L.U.

2) Los acreedores podrán adherirse a la propuesta de convenio en los términos del art 103 hasta el cierre del lista de asistentes. En caso de verificarse la adhesion mediante comparecencia ante el Secretario de ese Juzgado deberá verificarse en miércoles de la semana, debiéndose aportar, en su caso, poderes en los cuales se acredite la facultad especial de poder adherirse al convenio, o en su caso, votar en contra.

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita.

Modo de Impugnación: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante el Secretario que lo dicta.

Así lo acuerdo y firmo, doy fe.

La Secretaria Judicial.

Alicante, 13 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.

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