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Documento BOE-B-2013-9422

PAMPLONA

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 11 de marzo de 2013, páginas 12539 a 12539 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-9422

TEXTO

El Juzgdo de lo Mercantil número 1 de Pamplona/Iruña anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 0000547/2011 referente al concursado Navarcorp Servicios Jurídicos y Profesionales, S.L., con CIF B-31759400, con domicilio en calle Irunlarrea, 8, oficina 9 de Pamplona por auto de fecha 4 de febrero de 2013 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice así:

Parte positiva:

Decido:

Primero.- Acordar la conclusión del concurso de acreedores de la entidad Navarcorp Servicios Jurídicos y Profesionaes, S.L.

Segundo.- Declarar aprobadas las cuentas rendidas, por la administración concursal.

Tercero.- Inscríbase la presente resolución en la hoja abierta a la referida sociedad en el Registro Mercantil de Navarra. A tal fin expídase mandamiento a dicho Registro Público con expresión de la firmeza de esta resolución.

Cuarto.- Acordar la extinción de la referida sociedad y disponer el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Navarra, a cuyo efecto expídase mandamiento al Registro Mercantil de Navarra número 1 con expresión de su firmeza, comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva.

Quinto.- Publíquese la presente resolución mediante edictos que se anunciarán en el tablón de anuncios de ese juzgado y en el BOE.

Entréguense los despachos al procurador de la concursada para que cuide de su curso y gestión.

Líbrese exhorto al Juzgado Decano de Pamplona, a fin de que ponga en conocimiento de todos los juzgados de Primera Instancia y Social, la conclusión del presente concurso a los efectos de los artículos 177 y 178 de la LC.

Recurso.- Contra el presente auto no cabe recurso alguno (art. 177.1 L.con).

Así lo acuerda y firma S.S.ª Iltma., doy fe.

El/la Magistrado-Juez El/La Secretario/a

Pamplona/Iruña, 4 de febrero de 2013.- El/la Secretario Judicial.

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