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Documento BOE-B-2013-8904

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 7 de marzo de 2013, páginas 11865 a 11865 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-8904

TEXTO

Edicto.

Doña Ana Eisman Curto, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 Barcelona,

Hace saber:

Que en los autos con NIG 08019-47-1-2012-8007254 y número 14/2013A, se ha declarado el concurso voluntario principal de fecha 7 de febrero de 2013 de don Josep Maturana Recordosa con CIF 46582310L y domicilio en calle Camarsa, 90, 4.º 1.º. Igualada, Barcelona, en el que se ha decretado intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.

El Administrador concursal es don José Miguel Cruz Ladera, con domicilio en Avenida Josep Tarradellas, 9, 10.º 2.ª 08206 de Sabadell, y correo electrónico adminconcursal@miquelcruz.net

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en Avenida Josep Tarradellas, 9, 10.º 2.ª, 08206 de Sabadell, o por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial del Estado y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantos comunicados resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 18 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.

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