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Documento BOE-B-2013-7515

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 2013, páginas 9993 a 9993 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-7515

TEXTO

Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramitan los autos 912/2012, de solicitud de declaración de concurso voluntario de acreedores, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Dalo Inmogroup, S.L., y acordando en la misma resolución la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa.

Número de asunto.- Concurso voluntario 912/2012 Sección C2

NIG del Procedimiento.- 6451/12.

Entidad Instante.- Dalo Inmogroup, S.L., con CIF número B-63686661.

Fecha del Auto de Declaración y Conclusión: 5.02.2012.

Parte Dispositiva: Acuerdo Declarar en Estado de Concurso Voluntario a la entidad mercantil Dalo Inmogroup S.L. domiciliada en Barcelona, calle Bruc número 65; con CIF B- 63.686661, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, al tomo 37.099, folio 66, hoja B-298314 y la Conclusión del Concurso Por Insuficiencia de Masa Activa, ordenando la extinción de la sociedad y la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes, conforme al artículo 178.3 LC, ordenando librar los correspondientes mandamientos.

Publíquese esta resolución, por medio de edictos de inserción gratuita y con el contenido establecido en el artículo 23 de la LC, en el Boletín Oficial del Estado, en los estrados de este Juzgado y en la web concursal. Comuníquese al Juzgado Decano de Barcelona.

Expídase por el Señor. Secretario mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Barcelona, al que se adjuntará testimonio de esta resolución, para que proceda a la inscripción de la declaración del concurso y de la conclusión, procediendo a su inserción en el portal de internet

Hágase entrega al Procurador solicitante de los despachos acordados expedir para que cuide de su curso y gestión, concediéndosele un plazo de diez días para que acredite la publicación de los edictos y la presentación de los mandamientos.

Fórmese, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley, la Sección 1ª del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor.

Notifiquese esta resolución al deudor.

Contra este auto cabe interponer recurso de apelación en un plazo de veinte días ante este Juzgado y para la Ilustrísima Audiencia Provincial de Barcelona, plazo que se computará a los terceros interesados a partir de su publicación en el BOE.

Así lo acuerda, manda y firma José María Fernández Seijo, Magistrada del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona.

Barcelona, 8 de febrero de 2013.- La Secretaria Juidical.

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