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Documento BOE-B-2013-744

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 9, de 10 de enero de 2013, páginas 939 a 939 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-744

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 162/2012, con NIG 28079100022272012, por auto de 10 de diciembre de 2012 dictado por el Magistrado D. Antonio Pedreira González, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Rotolack, S.L., en liquidación, con CIF B-80633480, y con domicilio social en la C/ Cantera, n.º 12, Paracuellos del Jarama, Madrid.

2º.- Que en el mismo auto de declaración de concurso, de 10 de diciembre de 2012, se ha procedido a realizar de apertura de fase de liquidación, formándose la sección quinta.

3º.- Que quedan en suspenso las facultades de administración y de disposición de la concursada sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal.

4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC.

- La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por la Administración Concursal D. Miguel Ángel Peláez Hernández, en la C/ Ferraz, n.º 11, 2.º izqda., 28008 de Madrid, y en el correo electrónico miguelpelaez@parconditio.com.

No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado.

5º.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el Registro Público Concursal no está desarrollado reglamentariamente.

6º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Madrid, 11 de diciembre de 2012.- Secretario Judicial.

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