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Documento BOE-B-2013-7250

Anuncio de la Notaría de Salvador Jacobo García Castrillo sobre subasta notarial.

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 23 de febrero de 2013, páginas 9644 a 9644 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2013-7250

TEXTO

Yo, Salvador-Jacobo García Castrillo, Notario del Ilustre Colegio de Cataluña, con despacho en Santa Coloma de Gramenet, avenida Santa Coloma, número 2, 1.º 3.ª

Hago saber: Que ante mí se tramita procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, número de expediente 2/2012, de la siguiente finca:

Urbana: Entidad número seis.- Piso segundo, puerta segunda, destinado a vivienda, de la casa sita en el término hoy de Santa Coloma de Gramenet, con frente a la calle Ruperto Chapí, número trece; ocupa una superficie de cuarenta y cinco metros setenta y cinco decímetros cuadrados, útiles edificados. Linda: por su frente, Sur, parte la caja de la escalera, donde tiene su puerta de entrada, y parte un patio de luces; por la derecha entrando, finca de Juan Carmona; por la izquierda, finca de los sucesores de Anselmo de Riu, y por el fondo, con patio posterior del edificio.

Coeficiente: Doce enteros por ciento.

Inscrita: Registro de la Propiedad 2 de Badalona, al tomo 3.864, libro 1.084, folio 199, finca número 41.316.

Y que procediendo la subasta de dicha finca, ésta se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:

1.ª Se señala la subasta para el día quince de abril de dos mil trece, a las diez horas.

2.ª La subasta se celebrará en la Notaría arriba indicada.

3.ª El tipo para la subasta es de doscientos treinta y un mil quinientos treinta y ocho euros (€ 231.538).

4.ª La documentación y la certificación registral pueden consultarse en la Notaría; se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.

5.ª La ejecución extrajudicial de la finca hipotecada se someterá a lo previsto en el artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de Medidas Urgentes de Protección de deudores hipotecarios sin recursos, por ser dicha finca la vivienda habitual de la parte deudora.

Santa Coloma de Gramenet, 8 de febrero de 2013.- Salvador-Jacobo García Castrillo, Notario.

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