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Documento BOE-B-2013-6417

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 19 de febrero de 2013, páginas 8409 a 8409 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-6417

TEXTO

Edicto.

Doña María Victoria Bastana Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 86/2012, seguido a instancias del Procurador don Ángel Colina Gómez, en nombre y representación de "Inmobiliaria El Aceitunal, S.L.", se ha dictado Auto el día 31/1/2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de "Inmobiliaria El Aceitunal, S.L.", con CIF n.º B35628544, el que se tramitará por el procedimiento ordinario.

A los efectos oportunos, el presente concurso tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el artículo 23 de la Ley Concursal, el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

Se designan como Administradores del concurso a: "Abogados y Economistas Concursales Integrados, S.C.P.", representada por don José Afonso Suárez como Abogado, con domicilio el de c/ Triana, n.º 44, y código postal 35002, teléfono 928-43-15-90 y fax 928-43-14-35, así como dirección electrónica concursoi.aceitunal@aecisp.es

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda: El deudor "Inmobiliaria El Aceitunal, S.L." conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los Administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, en el domicilio designado por la administración concursal y en la forma prevista en el artículo 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Don Alberto López Villarubia, Magistrado-Juez. Doña María Victoria Bastana Eiras, Secretaria Judicial. Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los artículos 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto en

Las Palmas de Gran Canaria, 6 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.

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