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Documento BOE-B-2013-6167

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana sobre notificación de propuesta de resolución y trámite de audiencia relativo a procedimiento sancionador incoado por infracción al texto refundido de la Ley de Aguas del expediente: E.S. 243/12/BA.

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 16 de febrero de 2013, páginas 8087 a 8087 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2013-6167

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), por la presente comunicación se notifica la Propuesta de Resolución y Trámite de Audiencia, formulado en Expediente Sancionador incoado por infracción a la Ley de Aguas que a continuación se relaciona, al no haber sido posible su notificación, por desconocerse el domicilio del interesado o porque tras efectuar doble intento de notificación, está no se ha podido practicar.

La Propuesta de Resolución y Trámite de Audiencia podrá ser recogido por el interesado o representante legal acreditado, en las oficinas de este Organismo sitas en C/ Sinforiano Madroñero, 12, de Badajoz, pudiendo solicitarse igualmente por escrito.

Se le significa que se le concede un plazo de quince días contados a partir del día siguiente al de la presente publicación para que pueda alegar lo que estime más conveniente en su defensa.

N.º Expediente: E.S. 243/12/BA. Interesado: D. Pedro Luis Méndez Benegassi Sanz. Infracción: Navegación fluvial.

Sanción: 300 €.

Determinación:- El art. 58 del Real Decreto 849/1986 establece que toda embarcación que navegue por las aguas continentales de una cuenca hidrográfica deberá ir provista de matrícula normalizada. en la resolución de asignación de matrícula de fecha de 07-07-2010 se establece que toda embarcación, excepto tablas de quindsur, deberá llevar pintada en el costado de estribor, junto a la proa y, por lo menos a 20 cm sobre la línea de flotación, la matrícula asignada.

- Indicarle que el punto 12 de la Resolución de 19 de diciembre de 2001 de esta Confederación Hidrográfica, sobre limitaciones a la navegación y flotación, deportiva o de recreo, en los ríos y embalses de la cuenca del Guadiana, prohíbe el amarre de embarcaciones y el desembarque en las islas existentes en todos los embalses y el fondeo a menos de 100 m de las islas existentes en los embalses de Alange, Cíjara, García de Sola, Orellana, Zujar y La Serena.

Badajoz, 4 de febrero de 2013.- Comisario de Aguas.

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