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Documento BOE-B-2013-5473

Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se procede a la notificación de la Resolución de no Iniciar Procedimiento Sancionador, ante la imposibilidad de notificación en domicilio.

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 12 de febrero de 2013, páginas 7222 a 7222 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2013-5473

TEXTO

Intentada notificación a D. Maximiliano J. Peisojovih, en la forma establecida en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y no habiendo sido posible practicarla, a los efectos previstos en el citado artículo, por el presente anuncio se hace pública la práctica de la notificación de la Resolución de 14 de diciembre de 2012 del Director de la Agencia Española de Protección de Datos en relación con el expediente E/06730/2012.

El arriba indicado o sus representantes podrán solicitar, acreditando su identidad, una copia de la Resolución correspondiente, compareciendo de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 en el Servicio de Atención al Ciudadano de la sede de la Agencia Española de Protección de Datos, calle Jorge Juan, 6, 28001 Madrid, o contactando a través de https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/, en el plazo máximo de 7 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio.

Madrid, 7 de febrero de 2013.- La Secretaria General de la Agencia Española de Protección de Datos, doña María José Blanco Antón, de conformidad con lo establecido en el art. 30, apartado b), del Real Decreto 428/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Protección de Datos.

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