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Documento BOE-B-2013-48911

Anuncio del Organismo Autónomo Programas Educativos Europeos por el que se notifica a los interesados la resolución de rescisión de los siguientes convenios de subvención: 2009-1-ES1-GRU07-11651, 2010-1-ES1-KA101-24175, 2010-1-1AT1-GRU06-02835 7, 2010-1-FR1-GRU06-14458 10.

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 26 de diciembre de 2013, páginas 65341 a 65342 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2013-48911

TEXTO

Por el presente anuncio, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59, apartado 5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), se notifica a los beneficiarios indicados a continuación la resolución de rescisión de convenio por parte de la Directora del Organismo Autónomo Programas Educativos Europeos (OAPEE):

N.º Convenio 2009-1-ES1-GRU07-11651, cuyo responsable es Daniel Fernández Moreno, en nombre y representación de la institución Ágora, Intervención Psicológica, Social y Cultural, S.L., con domicilio conocido en Cl. Naranjo de Bulnes, n.º 4, 4.º A, 33211 Gijón.

N.º Convenio 2010-1-ES1-KA101-24175, cuyo beneficiario es Andrea González Natera, en nombre y representación de, con domicilio conocido en Pueblo San Antonio, 3.ª fase, 1.º C, 51001 Ceuta.

N.º Convenio 2010-1-1AT1-GRU06-02835 7, cuyo responsable es José María Viteri Gonzalvo, en nombre y representación de la SOS Racismo Granada, con domicilio conocido en la calle Periodista Francisco Javier Cobos, 2, 18014 Granada.

N.º Convenio 2010-1-FR1-GRU06-14458 10, cuyo responsable es Inger Berggren, en nombre y representación de la Fundación Laboral WWB en España (Banco Mundial de la Mujer), con domicilio conocido en la calle Villanueva, n.º 31, 1.º derecha, 28001 Madrid.

En los casos citados no ha podido ser notificada la resolución de rescisión en la forma prevista por el apartado 2 del citado artículo 59 de la LRJPAC.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, la resolución que se notifica no se publica en su integridad, encontrándose a disposición del interesado el texto íntegro de la misma, así como la totalidad de los documentos obrantes en el expediente, en la sede de este Organismo (Organismo Autónomo Programas Educativos Europeos), ubicado en la calle Gustavo Fernández Balbuena, 13, 28002 Madrid.

La terminación del convenio surtirá efecto a partir de la fecha en la que se publica esta notificación.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, regulado en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación, ante el presidente del Organismo Autónomo Programas Educativos Europeos, de acuerdo con lo establecido en el apartado 3 de la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y de conformidad con el artículo 12 del Estatuto del Organismo, aprobado por Real Decreto 903/2007, de 6 de julio.

Madrid, 11 de diciembre de 2013.- Directora del Organismo Autónomo Programas Educativos Europeos.

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