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Documento BOE-B-2013-47774

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 302, de 18 de diciembre de 2013, páginas 63791 a 63791 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-47774

TEXTO

Edicto

Dña. María Victoria Basanta Eiras Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000295/2013, seguido a instancias del Procuradora Dña. Ajei Betancor Pérez, en nombre y representación de Masqueplayas Booking On Line, S.L., se ha dictado Auto el día 24 de octubre de 2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Masqueplayas Booking On Line, S.L., con CIF n.º B76088905, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: D. Don Octavio Morales García, Abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de la calle Olof Palme, n.º 43, 1.º, 35010, Las Palmas de Gran Canaria, Tel 928269005, Fax 928 226795, 654309493; e-mail octavio.mg@hotmail.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 3 de diciembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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