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Documento BOE-B-2013-46900

Resolución EMO//2013, de la Generalitat de Catalunya, Departamento de Empresa y Empleo, Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, de 29 de julio, por la que se otorga a la empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L., la declaración en concreto de utilidad pública del centro de transformación D0755 ubicado en el paseo de Sant Joan 121, en el término municipal de Barcelona (exp. 2012/24671).

Publicado en:
«BOE» núm. 296, de 11 de diciembre de 2013, páginas 62643 a 62644 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2013-46900

TEXTO

La empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L, con domicilio social en la Avenida Vilanova, 12, Barcelona, solicitó ante la Dirección General de Energía y Minas del Departamento de Empresa y Empleo, el reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública de un centro de transformación, con número D0755 y una relación de transformación 11/0,420/0,230 kV, en el paseo de Sant Joan, 121, en el término municipal de Barcelona (exp. 2012/24671).

La Delegación de Industria de Barcelona, del Ministerio de Industria emitió, para el centro de transformación CD D0755, el acta de comprobación y autorización de puesta en marcha en fecha 18 de diciembre de 1956, para una potencia de 200 kVA y a una tensión de entrada de 6 kV.

La Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial emitió con fecha de 16 de julio de 2012 el acta de puesta en servicio para una reforma de cambio de tensión de entrada a 11 kV y de potencia a 1000 kVA del centro de transformación D0755 (exp. EM/2012-71).

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y de acuerdo con la regulación que establece el Título IX de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico se sometió a información pública la solicitud de declaración en concreto de utilidad pública mediante el Anuncio publicado en el DOGC número 627, de 19 de diciembre de 2012, en el BOE número 13, de 15 de enero de 2013 y en el periódico Ara de 8 de enero de 2013.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 146.2 en relación con el artículo 127 ambos del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se envió la correspondiente separata al Ayuntamiento de Barcelona, siendo éste el único organismo o administración afectada.

En fecha 30 de noviembre de 2013 el Ayuntamiento de Barcelona emitió informe favorable sin más condicionantes que los que pudieran derivar de la aplicación de otras autorizaciones o licencias vigentes de competencia municipal, al cual la peticionaria dio su conformidad.

En cumplimiento de lo que dispone el artículo 144 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, el anuncio se ha comunicado al ayuntamiento de Barcelona, término municipal en el cual radican los bienes y derechos afectados por esta instalación, para su exposición al público por un periodo de 20 días, a fin de que se pudiera comprobar la existencia de errores en la relación mencionada, así como formular las alegaciones que fueran procedentes, de acuerdo con lo que disponen los artículos 145 y 147 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. En fecha 20 de diciembre de 2012 el Secretario General del Ayuntamiento de Barcelona certifica que la exposición se ha llevado a cabo y no adjunta ninguna alegación, por lo cual se entiende que no se han presentado.

Dado que la empresa solicitante no ha podido llegar a un acuerdo con todos los propietarios afectados para esta instalación eléctrica, se ha notificado individualmente a los titulares incluidos en la relación de bienes o derechos afectados por esta instalación, las correspondientes separatas y el anuncio de información pública, a fin de que pudieran formular las alegaciones que consideraran procedentes.

Siendo el único titular afectado la empresa con denominación social Inmobiliaria Sant Segimon de Viladrau, S.A., le fue enviada la correspondiente separata a la cual presentó alegaciones, exponiendo que el contrato de arrendamiento, y su anexo suscrito con fecha de 18 de noviembre de 2011, se ha ido prorrogando hasta la fecha actual, teniendo en cuenta los precios de arrendamiento y de superficie afectada, y asimismo se ha procedido en la última oferta de renovación, y que por lo tanto consideran justo el precio propuesto para la prórroga siguiente del contrato de arrendamiento. No obstante se muestran dispuestos a negociar. Enviadas estas alegaciones a la peticionaria, ésta manifiesta que, según habían expresado en la solicitud de declaración de utilidad pública, en la negociación de la prórroga del contrato de arrendamiento no se ha llegado a ningún acuerdo, dado que consideran excesivo el nuevo precio de arrendamiento requerido por el arrendador, ni prevén que se pueda llegar.

Cumplidos los trámites administrativos que disponen la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Cataluña y la Ley 26/2010 de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña,

Resuelvo:

Declarar la utilidad pública en concreto del centro de transformación D0755 ubicado en el paseo de Sant Joan, 121, de Barcelona, en el término municipal de Barcelona, a favor de Endesa Distribución Eléctrica, S.L., en los términos establecidos por la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial en el acta de puesta en servicio de fecha 16 de julio de 2012 para una reforma de cambio de tensión de entrada a 11 kV y de potencia a 1000 kVA del centro de transformación D0755 (exp. EM/2012-71).

Esta declaración de utilidad pública en concreto lleva implícita la necesidad de ocupación urgente de los bienes y derechos afectados a los efectos previstos por el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Secretario de Empresa y Competitividad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Barcelona, 29 de julio de 2013.- El Director General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, Pere Palacín Farré.

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