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Documento BOE-B-2013-45896

MARBELLA

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 4 de diciembre de 2013, páginas 61376 a 61376 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2013-45896

TEXTO

Cédula de notificación.

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1543/2012, seguido en el Juzgado de 1.ª Instancia n.º 3 de Marbella (antiguo Mixto n.º 6) a instancia de Arcos & Lamers Asociados, SLP y Contabilidad Los Naranjos, S.L., contra Stirling Mortimer Property Fund PCC Limited y Stirling Mortimer Global Property Fund PCC Limited, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia núm. 191/13

En Marbella, a treinta de septiembre de dos mil trece.

Vistos por mí, D. Ángel-J. Sánchez Martínez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Marbella (antiguo Juzgado Mixto n.º 6), los presentes autos de juicio ordinario número 1543/12, sobre reclamación de cantidad en concepto de honorarios de letrado, seguidos a instancias de las entidades Arcos & Lamers Asociados, SLP y Contabilidad los Naranjos SL, representadas por la Procuradora Sra. Mérida Ortiz y asistidas del Letrado Ortega Lozano, contra las entidades Stirling Mortimer Property Fund PCC Limited y Stirling Mortimer Global Property Fund PCC Limited, incomparecidas en autos, declaradas en rebeldía; y de conformidad con los siguientes.

Fallo

Que estimando totalmente la demanda interpuesta por las entidades Arcos & Lamers Asociados, SLP y Contabilidad Los Naranjos, S.L., contra las entidades Stirling Mortimer Property Fund PCC Limited y Stirling Mortimer Global Property Fund PCC LImited, condeno a éstas, de forma conjunta y solidaria, a pagar a las actoras la cantidad de 13.442.013,39 euros (trece millones cuatrocientos cuarenta y dos mil trece euros con treinta y nueve céntimos), más el interés legal de dicha suma desde la fecha de interposición de la demanda hasta la de esta sentencia, aplicándose a partir de ésta lo dispuesto por el art. 576 de la N.L.E.C.; condenándoles, igualmente, al pago de las costas procesales causadas.

Esta sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Málaga, que deberá interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente a su notificación.

Así por esta mi sentecia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Stirling Mortimer Property Fund PCC Limited y Stirling Mortimer Global Property Fund PCC Limnited, extiendo y firmo la presente.

Marbella, 27 de noviembre de 2013.- El/La Secretario.

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