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Documento BOE-B-2013-45480

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 2 de diciembre de 2013, páginas 60849 a 60849 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-45480

TEXTO

Edicto.

Don José Maria Valls Soriano, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 851/2013, en el que se ha dictado, con fecha 14 de noviembre de 2013, auto declarando en estado de concurso a la entidad Economistes i Consultors de Gestió, S.L. con CIF B59903112 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

Nig del procedimiento: 08019-47-1-2013-8006036

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso

Concursada: Economistes i Consultors de Gestió, S.L. con domicilio en C/ Balmes, 67, 2-2, de Barcelona.

Administrador concursal: D. Pedro Picón García, con domicilio en Avda. Diagonal, 421, 3 de Barcelona, con correo electrónico "concursoecogest@voelker.es"

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 14 de noviembre de 2013.- El Secretario Judicial.

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