Anuncio del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas de la notificación por comparecencia de la resolución con liquidación provisional dirigida a Miguel González Gómez y otros.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003, de 17 de diciembre), para las notificaciones de naturaleza tributaria, no habiendo sido posible practicar la notificación por causas no imputables a la Administración y habiéndose realizado, al menos, los intentos de notificación exigidos por los citados artículos, por el presente anuncio se comunica a las personas y sociedades que se relacionan en el anexo adjunto, que la Presidenta del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, en uso de las atribuciones conferidas por el apartado 2 del artículo 4º del Real Decreto 302/1989, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto y la estructura orgánica del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, ha dictado, con fechas 4 de julio y 9 de septiembre de 2013, las resoluciones con liquidaciones provisionales en concepto de Tasa de control de la actividad de auditoría de cuentas correspondiente al ejercicio 2010 que a continuación se relacionan en anexo adjunto.
Se indica a los interesados que la resolución con liquidación provisional íntegra y la carta de pago (modelo 991) está a su disposición, en la sede de este Instituto, calle Huertas número 26, 28014, de Madrid. Al mismo tiempo que se advierte que el plazo de ingreso, será a partir de la publicación de este anuncio, o de la finalización del período de exposición en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento en que tuviera fijado su domicilio, si esta fuera posterior, en la siguiente forma:
- Si esta publicación se realizase entre los días 1 y 15 de un mes, el plazo de pago finaliza el día 20 del mes siguiente.
-Si la publicación se realizase entre los días 16 y último de cada mes, el plazo de pago finaliza el día 5 del segundo mes posterior.
Si el último día de pago fuese sábado, domingo o festivo, se extenderá el plazo de pago al día hábil inmediato posterior.
Vencido el plazo de pago sin que se haya realizado éste, se abrirá el período ejecutivo y se devengarán los intereses de demora y los recargos de dicho período ejecutivo en la forma legalmente establecida.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003, de 17 de diciembre), para las notificaciones de naturaleza tributaria, no habiendo sido posible practicar la notificación por causas no imputables a la Administración y habiéndose realizado, al menos, los intentos de notificación exigidos por los citados artículos, por el presente anuncio se comunica a las personas y sociedades que se relacionan en el anexo adjunto, que la Presidenta del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, en uso de las atribuciones conferidas por el apartado 2 del artículo 4º del Real Decreto 302/1989, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto y la estructura orgánica del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, ha dictado, con fechas 4 de julio y 9 de septiembre de 2013, las resoluciones con liquidaciones provisionales en concepto de Tasa de control de la actividad de auditoría de cuentas correspondiente al ejercicio 2010 que a continuación se relacionan en anexo adjunto.
Se indica a los interesados que la resolución con liquidación provisional íntegra y la carta de pago (modelo 991) está a su disposición, en la sede de este Instituto, calle Huertas número 26, 28014, de Madrid. Al mismo tiempo que se advierte que el plazo de ingreso, será a partir de la publicación de este anuncio, o de la finalización del período de exposición en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento en que tuviera fijado su domicilio, si esta fuera posterior, en la siguiente forma:
- Si esta publicación se realizase entre los días 1 y 15 de un mes, el plazo de pago finaliza el día 20 del mes siguiente.
-Si la publicación se realizase entre los días 16 y último de cada mes, el plazo de pago finaliza el día 5 del segundo mes posterior.
Si el último día de pago fuese sábado, domingo o festivo, se extenderá el plazo de pago al día hábil inmediato posterior.
Vencido el plazo de pago sin que se haya realizado éste, se abrirá el período ejecutivo y se devengarán los intereses de demora y los recargos de dicho período ejecutivo en la forma legalmente establecida.
ANEXO
Relación de: N.º Liquidación Provisional.; N.I.F.; Nombre
201060803390; 09625139F; Miguel González Gómez
201060803740; X0136992G; Miguel Kruse Zeis
201060803769; 15138219X; Pablo Landa Ijurco,
201060804585; 46744685Z; Gustavo Francisco Pachás Orihuela
201060809162; 37661354G; María Rosario Alemany Anglada
201060809655; 00657927N; Antonio César Camblor Fernández
201060811904; 40913307X; Eduardo Luis Ralda Simo
201060813442; 21406319N; Francisco Manuel Ruiz Rodríguez
201060813814; 42772743B; Dolores González Naranjo
201060816275; 74628373C; Juan Manuel Muñoz Cuesta
201060817546; 15934682Y; José Antonio Mozo Amantegui
201060818386; 25401799R; María Isabel Vicente Palomino,
201060820375; 14586859Y; Luis Enrique Domingo Inhiesto
201060820573; 05272672Z; Pedro Bautista Martín Molina
201060821912; 05912914M; Óscar Bautista Andrés
2010608S0366; B58631615; Audigest, S.L.P
2010608S1085; B31569254; Escobosa y Asociados Auditores Consultores, S.L
2010608S1175; B61548095; Dueñas Auditors & Associats, S.L
2010608S1626; B11823366; David Zayas, S.L
2010608S1656; B24504482; Sie Economistas Auditores, S.L.
2010608S1816; B99146037; Rausell & Partners, S.L
2010608S1846; B97903744; Azmira Auditores, S.L
2010608S1898; B85535482; Abra Odit, S.L
2010608S1913; B99227092; Profesionales de la Auditoría Contable, S.L.P.
2010608S1980; B10393015; Dym Auditores y Consultores Agrupados, S.L.
Madrid, 6 de noviembre de 2013.- María Pilar Carrato Mena, Secretaria General.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid