Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-4378

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 31, de 5 de febrero de 2013, páginas 5836 a 5836 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-4378

TEXTO

D.ª Paula Cristina de Juan Salvá, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 784/2012-A (NIG 07040 47 1 2012/0001277), se ha dictado en fecha 16-1-2013, Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor don Juan José Álvarez-Barrionuevo, con DNI 41372930R, y doña María del Carmen Vila Regueira, con DNI 41398362H, cuyo centro de intereses principales lo tienen en Binissalem.

2.º Se ha acordado la intervención por la Administración Concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada.

3.º Se ha nombrado Administrador concursal al letrado don Salvador Canoves Rotger, con domicilio profesional la calle General Morante, número 6, de Binissalemm, CP 07350, Islas Baleares, y direccion de correo electrónico abogados@canoves.com.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 1 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid